viernes, 24 de febrero de 2017

LA CRIMINALISTICA


LA CRIMINALISTICA.

        El doctor en derecho Hanns Gross denomino a esta disciplina “criminalística” en Graz, Austria, en 1892, dada a conocer mediante su obra Manual del juez: todos los sistemas de criminalística. El Dr. Nació en Graz, Austria en 1847, fue juez de instrucción en Stejermark y  profesor de derecho penal en Graz, y por primera vez se refirió a los métodos en investigación criminal como “Criminalística”. La elaboración del Manual del juez le tomo 20 años de experiencias e intenso trabajos, esta obra llego a México en el año 1900.1

          REYNOSO DAVILA señala que Hanns Gross se percató de la impreparación de los estudiantes que logran un título académico de licenciatura y aun de Doctorado en Derecho, frente a los oficiales de policía, sin preparación universitaria, quienes eran más capaces de descubrir a los delincuentes más tenaces en la mentira, porque a falta de conocimientos técnicos, poseían más conocimientos en los hombres y en experiencia.

Por eso, Gross es considerado como el padre de la criminalística.

Para MORENO GONZALEZ se puede definir ala criminalística como:

“Disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, métodos y técnicas de investigación de las ciencias naturales en el estudio del material sensible significativo relacionado con un presunto hecho delictuoso, con el fin de determinar en auxilio de los órganos encargados de administrar justicia, su existencia o bien reconstruirlos o bien señalar y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo.2



1Montiel Sosa, Juventino. Criminalística 1.

2Moreno Gonzalez, Rafael. Manual de introducción a la criminalística.

Hikal, Wael. Introducción al estudio de la criminología.

JURAMENDO DEL CRIMINOLOGO


JURAMENTO DEL CRIMINOLOGO



1.    ¿jura cumplir y hacer cumplir los lineamientos científicos y metodológicos que la Criminología como ciencia lo ordena?

2.    ¿Jura portar con orgullo el nombramiento que ha obtenido de criminólogo y difundir correcta y objetivamente el conocimiento criminológico procurado con firmeza en reconocimiento de nuestra ciencia?

3.    ¿jura utilizar todos los conocimientos adquiridos siempre en bien de sus semejantes y del bien común y velar por que la criminología sea un factor de paz, orden y desarrollo de nuestro país?

4.    ¿jura respetar y hacer respetar las leyes y las normas éticas y la conducta profesional que el ejercicio de su profesión como criminólogos le exija?

5.    ¿jura procurar firmemente que la criminología sea piedra angular en el combate al crimen y que la prevención del delito sea siempre su bandera?

6.    ¿jura velar en todo momento por la integridad y recuperación de las víctimas, especialmente las más desvalidas y no desfallecer en su intento de sanar al delincuente en un marco de respeto a los derechos humanos?

7.    ¿ jura apartar su conducta de toda acción que afecte a la sociedad, conduciéndose siempre a favor de ella y promoviendo en cada ser humano en el que pueda incidir una conducta que beneficie la armónica convivencia?



Si así lo hiciera, que la ciencia, la justicia y la sociedad se lo compense plenamente y si no, que se lo demande.





ROGELIO ROMERO MUÑOZ(2010)